10 claves Cártel de Paquetería Industrial y Mensajería
1. Qué es el Cártel de Mensajería y Paquetería
El Cártel de Mensajería y Paquetería hace referencia a la unión ilegal de diferentes empresas de mensajería y paquetería españolas con el fin de realizar acuerdos restrictivos para repartirse los clientes.
Estas empresas llevaron a cabo acuerdos verbales de “no agresión”, es decir, las empresas implicadas no podían realizar ofertas comerciales a los clientes de sus competidores (las demás empresas participantes en el cártel). Estas conductas infringen la Ley 15/2007 de Defensa de la Competencia y el artículo 101 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE).
De esta manera, los clientes no podían acceder a los servicios de la competencia ni recibían las ofertas de los operadores de mensajería y paquetería ya que las empresas no les ofrecían sus servicios o se los denegaban. La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha descubierto once cárteles en total: cuatro pertenecientes a Correos Express, otros cuatro de MBE y tres de ICS.
Las empresas implicadas mantuvieron estas conductas durante un largo período de tiempo que van desde los diez años las más duraderas hasta un año las más cortas. Estas conductas eliminaban la competencia del mercado de estas empresas y se limitaba la libertad de distribución para fijar los precios de venta al público. La ausencia de competitividad en un mercado aparentemente libre es uno los aspectos más dañinos para los consumidores.
2. Qué empresas participaron en el Cártel de Mensajería y Paquetería
En 2018, la CNMC sancionó a diez empresas de mensajería y paquetería por realizar acuerdos anticompetitivos. La empresa General Logistics Spain, S.L. (GLS), también participante de este grupo ilegal, fue la que sacó a la luz el caso de este cártel en 2016. A partir de este hecho, la CNMC comenzó a investigar y a realizar inspecciones (cuatro en total) en las sedes de Correos Express, MBE, Redyser e ICS. Tras las inspecciones realizadas, la Comisión encontró numerosos correos electrónicos y mensajes de Whatsapp que acreditaban las conductas de cártel. GLS se acogió al programa de clemencia para así no tener que hacer frente a la sanción económica impuesta por la CNMC, ya que al haber confesado el delito y haber aportado información queda exenta del pago de la multa. En consecuencia, su matriz General Logistics Spain, B.V. también ha quedado exenta del pago de un total de 3,8 millones de euros.
Finalmente, las empresas sancionadas por la CNMC han sido:
- Corres Express (CEX) y solidariamente Sociedad Estatal Correos y Telégrafos, S.A.:19,6 millones de euros
- United Parcel Service España LTD y Compañçia SRC (UPS) y solidariamente United Parcel Service España LTD: 19,2 millones de euros
- TNT Express Worldwide Spain, S.L.U. (TNT) y solidariamente Holding Luxembourg SARL: 16,2 millones de euros
- DHL Express Madrid Spain, S.L.U. (DHL) y solidariamente DHL Express Iberia, S.L.: 5 millones de euros
- Tourline Express Mensajería, S.L.U. (Tourline) y solidariamente CTT-Correios de Portugal, S.A.: 3,1 millones de euros
- Redyser Transporte, S.L. (Redyser): 2,1 millones de euros
- Federal Express Corporation Sucursal en España (Fedex) y solidariamente Federal Express Corporation: 1,8 millones de euros
- International Courier Solution, S.L. (ICS) y solidariamente Totalics, S.L.: 773.314 euros
- MBE Spain 2000, S.L. (MBE) y solidariamente MBE Worldwide, SPA: 690.400 euros
En total, la sanción al Cártel de Mensajería y Paquetería asciende a 68 millones de euros.
3. Quiénes son los afectados del Cártel de Mensajería y Paquetería
Los afectados del Cártel de Mensajería y Paquetería han sido empresas y ciudadanos particulares que hayan hecho uso de los servicios de las empresas de mensajería y paquetería industrial sancionadas. Las prácticas del cártel supusieron un aumento del coste de dichos servicios, lo que provocó que los clientes tuvieron un precio superior por un servicio que realmente valía menos y que estaban obligados a pagar. Además, su libertad de elección y su poder de negociación quedaban suprimidos debido a las conductas abusivas que adoptaron las empresas implicadas.
Por tanto, cualquier afectado (empresa o particular) tiene el derecho de interponer una reclamación por daños y perjuicios en la que solicita una indemnización que repare las consecuencias ocasionadas. Ya se ha abierto la vía para que los perjudicados puedan reclamar.
4. ¿Reclamar o no reclamar? Esa es la cuestión
Los afectados pueden reclamar el teórico dinero extra (sobrecoste) que tuvieron que pagar por consumir los servicios de mensajería y paquetería, según expone la normativa sobre defensa de la competencia en España. Nuestros profesionales recomiendan reclamar al Cártel de Mensajería y Paquetería para recuperar el dinero (daño y perjuicio) que las empresas externas y particulares han gastado de más en los servicios de las empresas que formaron el cártel.
5. Cómo tengo que reclamar al Cártel de Mensajería y Paquetería
Antes de iniciar la reclamación, hay que decidir cómo se quiere presentar la reclamación. Esto se estudiará con el abogado dependiendo de las características de cada caso y de lo que se quiera conseguir finalmente.
Existen dos formas:
- Vía extrajudicial. Se trata de una negociación directa con las empresas delictivas. Es decir, se solicita a la empresa que repare el daño y perjuicio ocasionado mediante una compensación económica sin necesidad de ir a los Tribunales. Esta vía es de las menos usadas por las empresas porque implica el reconocimiento del delito y, normalmente, no es algo que hagan las empresas, ya que suelen interponer recursos hasta que no cabe más opción.
- Vía judicial. Se acusa a las empresas en los Tribunales, celebrándose un juicio en los Juzgados de lo Mercantil, órgano encargado de decidir sobre los casos de competencia. Esta vía permite dos formas de demanda: en solitario o colectiva.
Indistintamente de la forma escogida, siempre será necesaria la intervención tanto de un abogado y de un Perito Economista que lleven el proceso de reclamación, ya sea a través de un juicio o de una negociación. Ponte en contacto con nosotros y te asesoraremos sobre cuál es el mejor tipo de reclamación para tu situación.
6. De qué forma hay que demandar al Cártel de Mensajería y Paquetería
Para reclamar al Cártel de Mensajería y Paquetería hay que presentar una demanda por daños y perjuicios en la que se solicita una retribución económica en concepto de indemnización, exigiendo la responsabilidad civil de las empresas infractoras.
En las reclamaciones contra los cárteles, hay distintas formas para reclamar los daños y perjuicios que han ocasionado las empresas sancionadas. Ninguna es mejor que la otra. Ambas formas tienen ventajas y desventajas, que pueden ser mejor o peores para el caso de cada cliente y lo que quiera conseguir (y cómo quiera conseguirlo).
- En solitario. La demanda se interpone de forma individual. El reclamante demanda a la empresa que le ofreció sus servicios o a otra empresa del cártel por responsabilidad conjunta. Una de las ventajas de este tipo de demanda es que suelen ser más rápidas ya que solo implica a un afectado, sin embargo, por este mismo motivo, el valor de la indemnización puede ser más bajo. Por el contrario, las demandas individuales no suelen dilatarse tanto en el tiempo como las colectivas.
- Colectiva. Esta demanda permite a un grupo de afectados que se encuentran en la misma situación demandar al Cártel de Mensajería y Paquetería por los daños ocasionados por acciones comunes. Lo bueno de este tipo de demandas es que son menos costosas (costas procesales), ahorran trabajo a los abogados y tienen una mayor presión sobre las empresas, ya que se trata de numerosos perjudicados con los mismos intereses. En este caso, no se tienen en cuenta las particularidades de cada cliente, sino que se engloba en un solo caso. Este proceso suele ser más beneficioso de cara a la obtención de la indemnización puesto que la fuerza de reclamación en el procedimiento es mayor.
Cada afectado puede reclamar directamente a la empresa que le ofreció el servicio, a su matriz o, solidariamente, a otra empresa del cártel, ya que se trata de un delito conjunto y tienen el mismo grado de responsabilidad sobre el mercado y los consumidores.
7. ¿Hasta cuándo puedo reclamar contra el Cártel de Mensajería y Paquetería?
El plazo de reclamación al Cártel de Mensajería y Paquetería es de 5 años, tal y como se plantea en la Ley 15/2007 de Defensa de la Competencia:
La acción para exigir la responsabilidad por los daños y perjuicios sufridos como consecuencia de las infracciones del Derecho de la competencia prescribirá a los cinco años. Art. 74.1 Ley 15/2007
El cómputo del plazo se inicia cuando el afectado conoce los daños provocados contra su persona y cuando la infracción ya haya cesado. El afectado debe tener conocimiento suficiente de quién ha sido el infractor y cuáles han sido las conductas que le han perjudicado. Esto se conoce a través de la resolución oficial de la CNMC que, posteriormente, debe ser confirmada por la Audiencia Nacional.
No obstante, este plazo se puede detener si la Comisión inicia una investigación sobre dichas conductas o si el afectado inicia una negociación extrajudicial.
8. Qué profesionales necesito para reclamar al Cártel de Mensajería y Paquetería
En cualquier caso sobre cárteles es necesario tener el asesoramiento de dos profesionales que son clave en el desarrollo del proceso de reclamación: el abogado y el perito. Sin ellos la reclamación no será satisfactoria.
1. El abogado mercantilista
Es un profesional formado en derecho civil y derecho mercantil y especializado en materia de competencia tanto nacional como europea. Es recomendable que los abogados tengan experiencia en casos similares y que hayan trabajado en demandas de otros cárteles.
Qué hace el abogado mercantilista en el Cártel de Mensajería y Paquetería
En primer lugar, el abogado mercantilista te asesorará cuál es el mejor tipo de demanda (individual o colectiva) dependiendo de las características de tu caso. Hay que tener muy claro si interesa o no una demanda colectiva.
Más tarde, el abogado formaliza la demanda y, una vez recabadas todas las pruebas y documentos necesarios, lleva a cabo la defensa procesal en el juicio.
2. El Perito Economista
Es un profesional cualificado en temas económicos y de mercados. Conoce cuestiones técnicas y jurídicas para aplicar sobre determinados hechos económicos. Los peritos son expertos en análisis económicos y mercantiles para demostrar cómo ha afectado un determinado hecho en una persona o empresa.
Qué hace el Perito Economista en el Cártel de Mensajería y Paquetería
El Perito Economista se encarga de redactar el Informe Pericial Económico. Este documento es clave en el proceso de reclamación porque en él se reflejan las tareas desarrolladas por el perito para evaluar diferentes hechos económicos como el producido por el Cártel de Mensajería y Paquetería. A través de distintos análisis e investigaciones y, tras aplicar metodologías especializadas y técnicas econométricas, extrae unos resultados que, posteriormente, darán lugar a unas conclusiones que evidenciarán la existencia del daño provocado por el Cártel de Mensajería y Paquetería.
En definitiva, calcula y cuantifica el sobrecoste producido por el Cártel de Mensajería y Paquetería, es decir, el gasto que pagaron de más los clientes de las diferentes empresas de mensajería. El Perito establece los cálculos en base a la documentación aportada por el afectado (facturas o justificantes de pago). Este paso es imprescindible ya que la indemnización depende del grado del daño y de afectación de cada reclamante.
9. El Informe Pericial Económico en el Cártel de Mensajería y Paquetería
El Informe Pericial Económico es el documento resultante de las investigaciones y conclusiones del Perito Economista. Este dictamen presenta el contexto, así como las características tanto generales como específicas del caso y de cada cliente. Cada afectado debe tener un único Informe Pericial Económico, ya sea una demanda individual o colectiva. El informe demuestra y cuantifica el daño y perjuicio ocasionado en cada cliente y, además, en él se justifica la cuantía de la indemnización que se solicita.
En el caso de una negociación extrajudicial, ninguna empresa implicada aceptará una reclamación si no hay un Informe Pericial que demuestre y cuantifique cuál es el daño real que han implicado las prácticas restrictivas que llevaron a cabo. Hay que destacar que este informe NO demuestra la existencia del cártel, sino que solo evidencia el daño especifico que el Cártel provocó en cada perjudicado.
Los Informes Periciales son documentos que poseen una gran validez judicial en los Tribunales y son tomados en gran consideración por los jueces.
10. Confía en nosotros para reclamar al Cártel de Mensajería y Paquetería
Actualmente estamos trabajando en las reclamaciones contra el Cártel de Mensajería y Paquetería Industrial. En el Defensor del Afectado creemos que los acuerdos de los cárteles son los más nocivos para el mercado y sus consumidores. Acabar con los cárteles es una de nuestras prioridades y por ello nuestros profesionales (abogados y peritos) están en constante lucha para devolver a los afectados el coste aumentado de los servicios que ofrecieron las empresas constitutivas del cártel.
Queremos ofrecerte el mayor número de facilidades en el proceso de reclamación y, sobre todo, que no tengas que gastar mucho dinero en la demanda. Por eso contamos con numerosos profesionales con amplia experiencia en materia de competencia. Y, por si fuese poco, nuestros profesionales solo co
