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Contenido:

1. Qué es el Cártel del Montaje y Mantenimiento Industrial

El Cártel del Montaje y Mantenimiento Industrial es la unión ilegal de 19 empresas especializadas que realizaron acuerdos anticompetitivos entre sí para aumentar el precio de sus servicios y así obtener mayores beneficios entre todas las empresas. Este cártel ha estado activo durante 17 años, de enero de 2001 hasta julio de 2017, en los que se han repartido, como mínimo, 746 licitaciones.

El Cártel de Montaje y Mantenimiento Industrial ha afectado directamente al mercado y la economía de toda España e, indirectamente, al comercio interior de la Unión Europea, dada la tipología de las conductas de los participantes en el cártel.

2. Sentencia del cártel del montaje y mantenimiento industrial.

En octubre de 2019, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) sancionó a las empresas participantes en el Cártel de Montaje y Mantenimiento Industrial. La investigación reveló a 19 empresas realizando acuerdos colusorios sobre los precios y la concesión de licitaciones.

La CNMC destapó el Cártel de Montaje y Mantenimiento Industrial debido a la confesión de la empresa NAVEC. Esta empresa se acogió al Programa de Clemencia para quedar exenta del pago de la multa. Por el contrario, uno de sus directivos rechazó la colaboración, por lo que la CNMC no le otorgó la reducción de la multa. Más tarde, la empresa ENWESA también presentó pruebas y elementos sobre la creación y desarrollo del cártel como solicitud para una reducción de la multa. Finalmente, la CNMC le redujo la multa impuesta en un 50%.

Las empresas implicadas en el Cártel de Montaje y Mantenimiento Industrial se repartían sus clientes o licitaciones (contrataciones) y pactaban los precios mínimos de la prestación de sus servicios a empresas del sector energético y petroquímico.

Realizaban reuniones para coordinar el cártel, en las que se diferenciaban los proyectos locales de los nacionales, cuyos beneficios eran mayores. Una de las empresas funcionaba como coordinadora en la presentación de las ofertas a los clientes. Además, organizaban concursos privados hasta con una veintena de clientes, generalmente, empresas del sector energético y petroquímico.

Más de 50 millones de euros en sanciones se han adjudicado a las participantes en los acuerdos comerciales. Esta sentencia abre la vía a todos los afectados por las actuaciones ilícitas para que emprendan el procedimiento judicial de reclamación en búsqueda de una indemnización acorde.

Para más información acerca del caso puedes consultar la nota de prensa publicada por la Comisión Nacional de los mercados y la Competencia (CNMC) en el siguiente enlace.

3. Quiénes son los participantes en el Cártel de Montaje y Mantenimiento Industrial

Los afectados por el Cártel de Montaje y Mantenimiento Industrial pueden reclamar a todas las empresas que hayan constituido dicho cártel. Las empresas sancionadas por la CNMC han sido las siguientes:

  • ACSA, Obras e Infraestructura (Sorigué) con una sanción de 11.000 euros
  • Atrian Technical Services con una sanción de 190.000 euros
  • Duro Felguera Operaciones y Montajes con una sanción de 1.323.630 euros
  • Empresa de montajes Hermanos Guarnizo y López (HGL) con una multa de 873.834 euros
  • Enwesa Operaciones y su matriz S.A.S.M.E con una multa inicial de 650.000 euros (se rebaja a 430.000 euros por el Programa de Clemencia)
  • Montajes Barbadun Industrial con una sanción de 38.577 euros
  • Grupo Navec Servicios Industriales con 9.339.700 millones de euros (queda exenta de la multa por el Programa de Clemencia).
  • Imasa Ingeniería y Proyectos (IMASA) con una sanción de 9.216027 millones de euros
  • Mantenimientos y Montajes Industriales (MASA) con una sanción de 14.646.829
  • Mantenimiento y Ayuda a la Explotación y Servicios (MAESSA) con una sanción de 3.429.973 millones de euros
  • Mecánicas Bolea con una sanción de 650.000 euros
  • Montajes Industriales Lleca (MILLECASA) con una sanción de 937.507 euros
  • Montajes Mecánicos la Puertollanense con una sanción de 560.999 euros
  • Montajes Metálicos Faysol con una sanción de 176.000 euros
  • Sacyr Nervión con una sanción de 1.160.000 euros
  • Prefabricación y Montajes del Noroeste con una sanción de 489.877 euros
  • Proyectos y Mantenimientos de Instrumentación y Electricidad (MEISA) con una sanción de 4.845.669 millones de euros
  • Talleres Mecánicos del Sur (TMS) con una sanción de 1.157.114 euros
  • Tamoin con una sanción de 3.441.286 millones de euros

Además, la CNMC ha sancionado también a ocho directivos de estas empresas:

  • Alfredo Fuentes González, Director General Industrial de IMASA con una sanción de 24.300 euros
  • Óscar Exojo Asensio, Director General de TMS, con una sanción de 19.500 euros
  • Ignasi Boleda Relats, Director General de MILLECASA, con una sanción de 40.500 euros
  • Manuel López Dabaliña, Ex Director General de Navec, con una sanción de 42.400 euros
  • José Miguel Barranco Rosa, Jefe del Centro Operativo en Huelva y Algeciras de MASA, con una sanción de 44.400 euros
  • Martín Mora Valbuena, Director General de MEISA, con una sanción de 34.300 euros
  • José María Pau Galcerán, Director General de MASA, con una sanción de 44.400 euros
  • Javier Cenzano Sáenz, Director de Ingeniería Aplicada de Tamoin, con una sanción de 30.700 euros
  • En total, las sanciones de todas las empresas ascienden a un total de 53,2 millones de euros. En el caso de los directivos, un total de 280.500 euros.

4. La reclamación del Cártel de Montaje y Mantenimiento Industrial

Entendemos que es normal no estar a la orden del día con los procedimientos de reclamación, por eso hemos recogido las preguntas más frecuentes que como afectado puedes tener al respecto. Si te quedas con alguna duda sin resolver, ponte en contacto con nosotros y disiparemos todas las cuestiones que te queden en el tintero:

¿Quién puede reclamar?

Pueden reclamar por el Cártel de Montaje y Mantenimiento Industrial todos aquellos que se hayan visto afectados por el cártel, es decir, todas empresas que hayan contratado un servicio de montaje o mantenimiento de las empresas sancionadas entre 2001 y 2017.

Los afectados tienen derecho a reclamar una indemnización por daños y perjuicios equivalente a la cantidad que dejaron de percibir por dicho cártel, cada caso es particular porque tiene unas circunstancias, por eso no existe una cuantía fija con la que orientarse.

¿Cómo reclamar la indemnización?

Para reclamar al Cártel de Montaje y Mantenimiento Industrial hay que interponer una reclamación por daños y perjuicios en los Juzgados de lo Mercantil.

La demanda se puede llevar a los Tribunales de dos formas:

  • Individualmente. Se presenta una demanda en solitario contra la fijación de precios del Cártel de Montaje y Mantenimiento Industrial, en la que la reclamación solo pertenece al demandante. Por tanto, en caso de ganar el caso, la indemnización solo la recibe quien presenta la demanda. En esta demanda las indemnizaciones suelen ser más bajas que en las colectivas, ya que hay menos perjudicados implicados. Sin embargo, suele ser un proceso más rápido.
  • Colectivamente. Se presenta una demanda colectiva en la que participan más afectados por el Cártel de Montaje y Mantenimiento Industrial. Todos los damnificados luchan por la misma causa ya que han sufrido unas consecuencias similares. En estos casos, al ser muchos afectados, el poder de negociación de la demanda aumenta, lo que puede traducirse en compensaciones económicas más altas.

A través del Defensor del Afectado puedes interponer tu reclamación. Ponte en contacto con nosotros para presentar una demanda y recuperar parte del dinero que has invertido en los servicios de mantenimiento industrial y montaje en tu empresa.

¿Es necesario ir a juicio?

No necesariamente. En esta clase de reclamaciones, al existir una sentencia firme, no tienes que demostrar la culpabilidad de las empresas.Por ello, solo se necesita argumentar que te has visto afectado directamente por las prácticas abusivas del cártel.

En estos casos las empresas suelen acceder a una negociación extrajudicial de compensación.            Prefieren ahorrarse los gastos y el desgaste de tiempo y recursos que supone un juicio, por lo que si tu abogado se pone en contacto con la empresa existen altas posibilidades de que te ofrezcan un trato sustancioso.

En caso de que se negaran o que el acuerdo propuesto no sea de tu agrado, puedes recurrir a la vía judicial a proceder tal y como estaba planteado en un primer momento.

¿Qué profesionales necesito para reclamar?

Para reclamar correctamente se requiere de un procurador, un abogado y un perito judicial.

  • Abogado. Se debe contar con un abogado experto en temas mercantiles, de la competencia o especializado en el propio Cártel de Montaje y Mantenimiento Industrial. Esto beneficiará al caso porque, a través de su experiencia, será mucho más fácil la consecución de los objetivos pactados con el cliente. El abogado se encarga de formalizar la demanda y de realizar la defensa procesal del afectado en el juicio. Además, trabaja junto con el Perito para conseguir los mayores beneficios para el perjudicado.
  • Perito Economista. Es un experto en materia de Economía, Finanzas y Mercados. Su labor es imprescindible en cualquier caso de cárteles o de competencia porque se encarga de realizar el Informe Pericial Económico, donde figura la cuantificación del daño.

¿Cuánto cuesta reclamar?

Si decides reclamar con nosotros, la reclamación no te costará nada. Nosotros nos encargamos del coste de la reclamación. Damos la oportunidad de estudiar tu caso mediante un estudio de viabilidad gratuito que te ahorre tiempo en caso de no poder reclamar.

Nuestro modelo se sostiene en base a la victoria. No cobramos ninguna tasa, ni cuota ni comisión fija. Solo cobramos los honorarios en caso de ganar. Esto es así porque contamos con mucha experiencia en estos casos y estamos totalmente seguros de que vamos a ganar.

5. A qué tienen derecho los afectados por el Cártel de Montaje y Mantenimiento Industrial

Todos aquellos afectados por el Cártel de Montaje y Mantenimiento Industrial tienen derecho a reclamar la cantidad correspondiente a los daños y perjuicios que hayas sufrido            al haber utilizado servicios de mantenimiento industrial en tu empresa con un precio o coste mayor del que se tendría que haber utilizado.

Esto significa que los afectados recibirán una indemnización resarcitoria con parte o la totalidad de la cantidad de dinero que perdieron al contratar los servicios de las empresas implicadas.

6. Qué documentación es necesaria para reclamar

Para iniciar una reclamación por el Cártel de Montaje y Mantenimiento Industrial tienes que presentar la documentación necesaria para probar el daño que ha podido sufrir tu empresa.

Es decir, todas las pruebas documentales posibles que demuestren el daño y perjuicio ocasionado por la empresa. Estos documentos pueden ser:

  • Facturas sobre proyectos de montaje y mantenimiento industrial entre 2011 y 2017
  • Justificantes de pago o financiación de proyectos de montaje y mantenimiento industrial entre 2001 y 2017
  • Cualquier comunicación que demuestre el contrato de prestación de servicios
  • Informe Pericial Económico

7. Informe Pericial Económico del Cártel de Montaje y Mantenimiento Industrial

La elaboración del Informe Pericial es muy importante ya que te permite conocer qué cantidad de dinero te pertenece y, además, sirve como prueba del daño causado. De esto se encarga un Perito Judicial Economista.

El Informe Pericial Económico es un paso que NO se puede obviar, más aún cuando se trata de casos contrarios a la competencia, que suponen un daño y perjuicio a los afectados.

En este documento se presentan todos los elementos para conseguir una indemnización para el cliente. Su contenido se divide en varias partes:

  • Contexto y características sobre el Cártel y sus períodos operativos
  • Comparaciones entre diferentes períodos en base al mercado
  • Análisis e investigaciones sobre el daño y perjuicio
  • Justificación de la indemnización
  • A todo el conjunto de datos, resultados y conclusiones extraídas por el Perito Economista de sus análisis se conoce como cuantificación del daño, es decir, el alcance que han tenido las prácticas colusorias del cártel y cómo estas han afectado al mercado y a sus consumidores.

La validez judicial de este dictamen hace que sea un documento de gran importancia tanto para jueces y abogados como para las propias empresas implicadas.            Es una prueba irrefutable de la actividad del cártel ya que se realiza con las evidencias aportadas por el cliente y por otras investigaciones realizadas, a través de metodologías econométricas, por el Perito Economista.

8. Qué cantidad puedo recuperar con la compensación

En el Defensor del Afectado queremos que recuperes todo lo que el Cártel de Montaje y Mantenimiento Industrial te ha hecho pagar de más. Es injusto que tantas empresas se aprovechen de las condiciones del mercado y de sus propios clientes.

Queremos facilitarte el camino y que tu empresa no tenga más pérdidas como esta. Por eso, si reclamas con nosotros ponemos a tu disponibilidad la ayuda de un Perito Economista y un abogado.            Estos se encargarán de defender tu derecho como afectado.

No podemos determinar una cuantía fija hasta que no estudiemos tu caso, ya que en circunstancias tan flexibles como es la contratación de un servicio de montaje o la adquisición de una licitación intervienen importes muy diferentes entre sí.

Sin embargo, sí podemos adelantar que la indemnización se verá reforzada por dos factores, el primero y ya reconocido con anterioridad es la posibilidad de tener un informe pericial personalizado de tu daño. Esto permite maximizar el importe compensatorio.

En segundo lugar, los intereses legales. Conforme pasa el tiempo dentro del periodo de reclamación aumentan los intereses legales y eso puede beneficiar positivamente la cuantía de tu indemnización.

9. Cuál es el plazo para reclamar el Cártel de Montaje

El plazo de reclamación de los procesos de esta índole finaliza tras el paso de 5 años desde que se emite sentencia. Se entiende que los afectados conocen estos aspectos desde la publicación de la resolución de la CNMC. Por tanto, como dicha resolución se publicó en octubre de 2019, el plazo para reclamar se extiende hasta octubre de 2024, en el caso de que la CNMC no inicie una investigación por nuevas posibles conductas anticompetitivas.

Si se deciden investigar nuevos aspectos del cártel de camiones, el plazo se paralizaría y se reiniciaría con otros 5 años cuando se dictara nueva sentencia. Esto permitiría a los afectados que no hubieran reclamado poder unirse al proceso y conseguir su indemnización.