Los seguros de vida de prima única vinculados a hipotecas son conocidos por condiciones presuntamente abusivas. Es posible que en el contrato hipotecario de tu inmueble tengas cláusulas y condiciones desfavorables.
Si finalmente este el caso, en el Defensor del Afectado podemos ayudarte a reclamar por ello y conseguir una compensación acorde al daño absorbido.
¿Qué es el seguro de prima única?
El seguro de vida de prima única es un tipo de póliza en la cual el asegurado realiza un único pago por adelantado.
Generalmente suele aplicarse a contratos hipotecarios y con esta forma de pago se cubre la totalidad de la prima del seguro durante la vigencia del contrato. No se tienen que hacer pagos posteriores y el consumidor liquida la deuda de una.
Este tipo de seguro suele estar vinculado a préstamos hipotecarios, donde el importe de la prima única se suma al capital prestado. Por ejemplo, para una hipoteca de 200.000€ con un seguro de vida de prima única, el asegurado de podría tener que pagar entre 6.000€ y 7.000€ adicionales en concepto de prim.
Por otro lado, el precio anual de un seguro de vida convencional rondaría los 100-120€. Para estos casos puedes hacer cuentas sobre qué es lo que más te compensa teniendo en cuenta la duración de tu hipoteca.
Aunque el pago de una prima única puede parecer atractivo al evitar desembolsos periódicos, sobre todo si tienes la capacidad económica de afrontarlo de primeras, presenta varios inconvenientes:
- Supone un esfuerzo económico significativo al contratar la hipoteca. No solo tienes que preocuparte de la entrada de la casa, si no del pago del total del seguro prima única.
- Puede tener inconvenientes ante circunstancias imprevisibles. Por ejemplo, si se amortiza anticipadamente el préstamo o se produce el fallecimiento del asegurado en los primeros años de la póliza, la entidad aseguradora podría no devolver la parte proporcional de la prima no consumida. Aunque esta circunstancia es reclamable, ya nos expondríamos a una situación desagradable.
- El precio de estos seguros suele ser más elevado que el de las pólizas anuales renovables, ya que las entidades financieras tienden a cubrirse ante posibles cancelaciones.
- Dificulta la adaptación de la cobertura a las circunstancias cambiantes del asegurado a lo largo de la vida del préstamo.
¿Por qué puede ser abusivo el seguro de prima única?
En primer lugar, estos seguros suelen ser impuestos por las entidades bancarias como condición para la concesión del préstamo hipotecario. Es decir, no tienes la opción a mirar otras alternativas si no que el banco obliga al cliente a contratar el seguro con una aseguradora de su mismo grupo empresarial. Podemos entender esta actuación como una medida coactiva.
En segundo lugar, la prima del seguro se incluye en la financiación del préstamo, lo que aumenta el capital concedido y los intereses a pagar. Es decir, los intereses no se calcular en base al capital prestado, si no que incluyen también el importe de la prima del seguro, aumentando significativamente lo que pagas en cada mensualidad.
En esta misma línea, la prima del seguro impuesto por el banco suele ser mucho más cara que las ofrecidas por aseguradoras independientes. Asimismo, la falta de transparencia por parte de las entidades bancarias sobre el coste real y total de la prima es otro indicador de malas prácticas.
Es importante destacar que estas prácticas abusivas han sido reconocidas por los tribunales españoles en diferentes sentencias. Los jueces han determinado que la imposición del seguro de prima única y la falta de transparencia en su contratación son contrarias a las buenas prácticas bancarias y vulneran los derechos de los consumidores.
Legalidad del seguro de prima única en España
La legalidad de los seguros de prima única vinculados a préstamos hipotecarios en España se rige principalmente por dos normativas: la Ley 5/2019, de 15 de marzo, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario, y la Directiva 2014/17/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 4 de febrero de 2014.
Ley 5/2019
La Ley 5/2019, que entró en vigor el 16 de junio de 2019, tiene como objeto la trasposición al ordenamiento jurídico español de la Directiva 2014/17/UE. En su artículo 17, apartados 1 y 3, establece que:
- Quedan prohibidas las prácticas de venta vinculada de préstamos, con las excepciones previstas en este artículo. No obstante, la autoridad competente podrá autorizar prácticas de ventas vinculadas concretas cuando el prestamista pueda demostrar que los productos vinculados ofrecidos acarrean un claro beneficio a los prestatarios.
- Como excepción a la prohibición de las prácticas de venta vinculada, los prestamistas o intermediarios de crédito inmobiliario podrán exigir al prestatario la suscripción de una póliza de seguro en garantía del cumplimiento de las obligaciones del contrato de préstamo.
En este caso, el prestamista deberá aceptar pólizas alternativas de todos aquellos proveedores que ofrezcan unas condiciones y un nivel de prestaciones equivalentes. La aceptación por el prestamista de una póliza alternativa no podrá suponer empeoramiento en las condiciones del préstamo.
Directiva 2014/17/UE
La Directiva 2014/17/UE, en su artículo 12, permite las ventas vinculadas siempre y cuando el prestamista pueda demostrar que los productos vinculados ofrecidos no suponen un perjuicio para el consumidor, lo cual suele ser habitual cuando hablamos de seguros de vida vinculados a préstamos hipotecarios.
El principal motivo de ello es que las entidades financieras suelen ofrecer a los clientes los seguros de vida que ofertan las aseguradoras pertenecientes a su mismo grupo empresarial. Esto hace que no se analicen otras pólizas alternativas que podrían ser más ventajosas para sus clientes.
En los procedimientos en los que se insta la nulidad por abusiva de la cláusula que impone la contratación de la póliza, la clave reside en acreditar dos puntos:
1- Que el banco no ofreció al cliente la posibilidad de suscribir el seguro con una compañía distinta.
2- Que la suscripción de la póliza con la aseguradora ofertada por el banco supone un perjuicio para el cliente.
Es necesario analizar la información precontractual suministrada al cliente, las características del seguro, su duración, así como la información acerca de otras entidades con las que pudo suscribirse una póliza similar.
Hace unos años, sentencias como la del Juzgado de Primera Instancia nº 12 de Zaragoza (1710/2021) han declarado nula por abusiva la cláusula que obligaba al prestatario a suscribir los seguros a través de la entidad o sociedades de su mismo grupo empresarial, condenando a la entidad bancaria a devolver la prima única abonada junto con los intereses cobrados por el exceso de financiación.
¿Cuándo se puede reclamar el seguro de prima única?
Existen diversas situaciones en las que es posible reclamar el seguro de vida de prima única vinculado a una hipoteca. Entre los casos más comunes se encuentran:
- Cuando se ha incluido el pago del seguro como parte del préstamo hipotecario. Este hecho, como ya hemos visto, aumenta el importe total a financiar y los intereses a pagar.
- Si el banco ha obligado al cliente a contratar el seguro con una aseguradora de su mismo grupo empresaria. Es obligatorio que el cliente tenga libertad de elección y pueda escoger con quién contrata el seguro en defensa del libre mercado.
- Cuando la prima del seguro impuesta por el banco es significativamente más cara.
- Si ha habido una falta de transparencia. El banco se tiene que asegurar de que el cliente entiende todos los términos del contrato. Esto es una obligación de la entidad, no una responsabilidad del consumidor.
Plazos legales
Es importante tener en cuenta los plazos legales para presentar una reclamación por un seguro de vida de prima única ya que de ello puede depender nuestra viabilidad.
Según la legislación española, el plazo general de prescripción para las acciones derivadas del contrato de seguro es de 5 años desde que se puede ejercitar la acción. Sin embargo, esto puede variar dependiendo de las circunstancias.
Por ejemplo, en casos de nulidad o anulabilidad del contrato, el plazo puede ser mayor. Es decir, si se alega la existencia de cláusulas abusivas, el plazo de prescripción es de 4 años desde la declaración de nulidad.
Es recomendable actuar rápidamente cuando identifiquemos irregularidades o abusos en el seguro de vida de prima única, para evitar que la reclamación prescriba y se pierda el derecho a recuperar lo pagado indebidamente.
En el Defensor del Afectado te ayudamos a gestionar la reclamación por cláusulas abusivas. Puedes informarte en nuestro enlace de ayuda y nosotros nos encargaremos de proporcionarse asesoramiento a éxito. No tendrás que pagar hasta que no consigas el éxito judicial.
Documentos necesarios para reclamar
Para reclamar con éxito el seguro de vida de prima única vinculado a una hipoteca, es fundamental reunir toda la documentación necesaria que respalde la reclamación. A continuación, se detallan los documentos clave que se deben recopilar:
Documentación hipotecaria:
- Contrato hipotecario original.
- Escrituras de la propiedad hipotecada.
- Cualquier comunicación con la entidad bancaria referente a la hipoteca y al seguro de vida.
Póliza del seguro:
- Copia de la póliza del seguro de vida de prima única.
- Certificado de seguro, si se emitió por separado de la póliza.
- Documentación de la suscripción del seguro.
Registros de pagos:
- Recibos o comprobantes del pago de la prima única del seguro de vida.
- Extractos bancarios que reflejen el cargo de la prima única y su financiación junto con la hipoteca.
- Documentación que demuestre el pago de intereses asociados a la financiación de la prima del seguro.
Es importante destacar que se deben conservar copias de toda la documentación, evitando entregar los originales, ya que pueden ser necesarios en distintas etapas del proceso de reclamación.
Otra información relevante para reclamar el Seguro de Prima Única
Pasos a seguir para reclamar el seguro de prima única
Reclamar un seguro de vida de prima única vinculado a una hipoteca requiere una estrategia clara y un conocimiento detallado del proceso. A continuación, se detallan los pasos esenciales para llevar a cabo una reclamación efectiva, maximizando las posibilidades de éxito.
Recopilación de documentación y análisis del contrato
El primer paso esencial es reunir toda la documentación pertinente.
Es necesario revisar cuidadosamente estos documentos, prestando especial atención a las condiciones de la póliza, las cláusulas de exclusión y los términos bajo los cuales se permite la reclamación.
Si no te aclaras con cómo están redactados, puedes hacer uso de nuestro equipo del Defensor del Afectado. Nos ocuparemos de estudiar la viabilidad del caso de forma gratuita y explicarte todos los términos que necesites.
La identificación de cláusulas abusivas o términos poco claros es fundamental en esta etapa, ya que pueden constituir la base de la reclamación.
Identificación de errores o abusos en el seguro de vida
Con la documentación en mano, el segundo paso implica un análisis detallado para identificar posibles errores, prácticas abusivas o malentendidos en la contratación y gestión del seguro.
Cualquier indicio de que la entidad financiera o aseguradora ha actuado de manera poco ética o directamente en contra de las normativas vigentes será fundamental para fortalecer el caso.
Presentación de la reclamación formal al banco o entidad financiera
El tercer paso es la presentación de una reclamación formal ante la entidad financiera o aseguradora. En este paso ya se vuelve imprescindible contar con un equipo experto en la materia, ya que empieza la primera etapa de reclamación legal.
Este documento debe ser claro, conciso y contener una exposición detallada de los motivos de la reclamación, apoyándose en la documentación recopilada y los análisis realizados. Para ello necesitamos el ojo experto de un abogado como los del Defensor del Afectado.
Medidas legales adicionales
Si la respuesta de la entidad financiera o aseguradora no es satisfactoria o si directamente no hay respuesta, el cuarto paso contempla la posibilidad de emprender acciones legales. Si has contado ya con nuestros servicios del Defensor del Afectado será más fácil hacer la transición de este proceso.
Además, es importante tener en cuenta las últimas sentencias judiciales, incluidas las del Tribunal Supremo, en relación a la reclamación de seguros de vida de prima única vinculados a hipotecas. Estas sentencias pueden proporcionar información valiosa sobre las cuantías de los seguros, las condiciones y los problemas asociados, así como sentar precedentes legales que respalden la reclamación.
Reclamación del seguro de prima única si la hipoteca ya fue amortizada
Cuando se amortiza anticipadamente una hipoteca que contaba con un seguro de vida a prima única, es posible reclamar la parte proporcional de la prima no consumida.
Esto se debe a que, al cancelar el préstamo antes del plazo estipulado, el riesgo que cubría el seguro desaparece y, por tanto, el asegurado tiene derecho a recuperar la parte de la prima correspondiente al tiempo en que ya no estará cubierto.
Opciones disponibles
Existen dos opciones principales para los titulares de seguros de vida a prima única vinculados a hipotecas ya amortizadas:
- Solicitar la devolución de la parte proporcional de la prima no consumida a la aseguradora. Para ello, es necesario presentar documentación que acredite la cancelación total del préstamo hipotecario.
- Mantener el seguro de vida, pero modificando al beneficiario. Si el asegurado desea continuar con la cobertura del seguro, puede solicitar a la aseguradora que cambie al beneficiario, que habitualmente es la entidad bancaria, por otro de su elección.
Es importante destacar que, si no se solicita la devolución o el cambio de beneficiario, la aseguradora podría seguir cobrando la prima del seguro, a pesar de que la hipoteca ya haya sido amortizada.
Posibles devoluciones
El importe de la devolución de la prima no consumida dependerá de diversos factores, como la duración inicial de la hipoteca, el momento en que se amortizó y la edad del asegurado en el momento de la contratación. Si nos aventuramos, podemos determinar que las cantidades a recuperar suelen oscilar entre los 5.000 y los 30.000 euros.
Para calcular el importe exacto de la devolución, es necesario revisar detenidamente las condiciones particulares de la póliza y aplicar las fórmulas de cálculo establecidas en la misma. Sin el estudio del caso de manera pormenorizada no podemos asegurar a cuánto ascendería la cuantía final. En caso de duda, es recomendable contar con el asesoramiento de un abogado especializado en seguros y reclamaciones bancarias como el equipo del Defensor del Afectado.
FAQs
¿Qué entidades financieras deben reembolsar los costes asociados a las hipotecas? BBVA, Banco Popular, Bankia y Liberbank, entre otros, están obligados a reembolsar a los clientes el total de los gastos incurridos en la formalización de hipotecas.
¿Cuál es el plazo máximo para reclamar un seguro de vida? El plazo máximo para reclamar un seguro de vida es de cinco años a partir de la fecha del fallecimiento del asegurado.
¿Cuánto tiempo dispongo para reclamar una indemnización por un seguro de vida? Los beneficiarios de un seguro de vida tienen un plazo de hasta cinco años para solicitar la indemnización a la aseguradora. Si no se realiza la reclamación dentro de este período, según la Ley del Contrato del Seguro, artículos 81 y 82, se pierde el derecho a la misma.