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Contenido:

1. Qué es el Cártel de Camiones

El Cártel de Camiones consiste en la unión de fabricantes de camiones relacionado con la fijación de precios, establecimiento de tecnología en los camiones y repercusión a los clientes de las nuevas tecnologías de emisiones. En la práctica se retrasaron tecnologías de emisión Euro 3, Euro 6 y la repercusión de su coste de implementación.

Es una práctica anticompetitiva de fijación al alza de precios de fábrica que se traslada a toda la cadena de producción y afecta a los camiones de 6 o más toneladas. El periodo cartelizado se establece entre 1997 y 2011, por lo que si compraste un camión MAN, DAF, IVECO, DAIMLER y VOLVO o RENAULT en esas fechas es probable que puedas pedir una indemnización por daños y perjuicios.

2. Sentencia por el Cártel de Camiones

En el Cártel de Camiones la Comisión Europea sancionó a la casi totalidad de los fabricantes europeos de camiones (marcas MAN, Daimler, DAF, Volvo/Renault e Iveco; Asunto AT 39824 Camiones), en su Decisión de 19 de julio de 2016. Todos ellos reconocieron su participación en el cártel, dando lugar a la masiva reclamación de daños por quienes adquirieron camiones de alguna de esas marcas. La sanción ascendió a un importe total de casi 2.930 millones de euros, por varias conductas antitrust.

Al no aceptar su participación en los hechos, el fabricante Scania quedó fuera de esa Decisión, si bien la Comisión, dentro del mismo Asunto AT.39824, continuó el expediente contra aquella, dando lugar a la Decisión de 27 de septiembre de 2017, en la que se la sancionó con más de 880 millones de euros. El 11 de diciembre de 2017, Scania recurrió la Decisión ante el Tribunal General de la Unión Europa, fijándose como fecha de la vista el pasado 18 de junio de 2020.

Además, el 30 de junio se publicó en el Diario Oficial de la Unión Europea tanto el Resumen de la Decisión de la Comisión en español como el texto completo de la misma en versión inglesa, del que hasta ahora no se disponía, en la que se sanciona en 880.523.000 euros a Scania, siendo por tanto ahora posible concretar y precisar en qué ha consistido la conducta de dicho fabricante, y en qué medida ha podido generar daños a los adquirentes de camiones.

3. Quiénes son los afectados por el Cártel de Camiones

Los afectados por el Cártel de Camiones son todos aquellos que hayan comprado un camión o suscrito un contrato de leasing o renting de un camión entre 1997 y 2011. Quienes NO podrán reclamar son los compradores de camiones de segunda mano. A pesar de esto, muchas asociaciones en defensa de los derechos de los transportistas están intentando solucionar este problema y ofrecer la oportunidad a todos.

Según las investigaciones realizadas por las autoridades competentes, las empresas afectadas son:

  • MAN
  • DAF
  • IVECO
  • DAIMLER
  • VOLVO o RENAULT.

Los afectados deben saber que pueden emprender acciones legales, incluso cuando ya han vendido su camión, los actos denunciables están relacionados con el proceso de adquisición, por lo que no importa si ya no lo tienes. Eso sí, tendrás que aportar información de la compra venta durante la reclamación para que sea tenida en cuenta.

Cuatro de las seis compañías involucradas en la investigación ya han realizado provisiones por unos 2.330 millones de euros, con el objetivo de cubrir la multa de 2.926 millones de euros. Los afectados disponen de cinco años para exigir la devolución de las cantidades pagadas de más y los daños y perjuicios creados desde el momento de la sentencia.

4. La reclamación del Cártel de Camiones

Pueden reclamar los compradores de primera mano de camiones de más de 6 toneladas de masa máxima autorizada (MMA) a los fabricantes antes descritos. Es decir, camiones medianos (peso entre 6 y 16 toneladas) y camiones pesados (superiores a 16 toneladas). En todo caso camiones con peso superior a 6 toneladas.

En concreto compras desde el 17 de enero de 1997 hasta el 18 de enero de 2011; eso para todos menos para MAN que terminó el 20 de septiembre de 2010.

Quedan excluidos de la reclamación del Cártel de Camiones los vehículos de segunda mano y los servicios de reparación en garantía y todos los servicios asociados. Tampoco pueden reclamar los vehículos inferiores en peso a 6 toneladas.

El fraude por este cártel afecta no solo a los propietarios que adquirieron uno de estos vehículos nuevos, sino que se extiende también a los camiones de segunda mano (aunque en estos casos será más compleja la reclamación) y a los procedentes de un leasing, matriculados entre los años 1997 y 2011, independientemente de si ahora se encuentran en activo o están dados de baja.

¿A quién hay que reclamar?

La reclamación deberá dirigirse frente al infractor de la normativa sobre defensa de la competencia identificado en la resolución administrativa o judicial que declare tal infracción, es decir, a la marca implicada a la que le compraste el camión.

Y, si este infractor es una sociedad extranjera, será a ésta a quien haya que reclamar. No se reclama a las filiales en España porque son consideradas empresas distintas que no cometieron ninguna infracción.

¿Cómo puedo reclamar al cártel de camiones?

Para reclamar por los daños y perjuicios sufridos por el Cártel de Camiones se debe de hacer lo siguiente:

El primer paso es contactar con el fabricante, manifestar que quieres revisar esa compra, que quieres reclamar. Es importante que esto se haga a través de un medio de comunicación que deje constancia, como puede ser un burofax a través de Correos. Con esta acción puede ser suficiente para plantear un buen ataque contra la compañía.

Recomendamos hacerlo con apoyo y asesoría legal especializada. En el Defensor del Afectado contamos con los mejores profesionales para este tipo de procedimientos.

¿Negociación o vía judicial?

La opción más recomendable es la negociación. También las grandes empresas suelen optar por ello ya que de esta forma evitan, entre otras cosas, juicios mediáticos que pueden generar publicidad negativa y dañar su imagen.

El abogado es el encargado de establecer la estrategia de negociación y puedes establecer unos objetivos realistas para trazar las líneas maestras de lo que será tu ataque ante este pacto de los precios.

No obstante, si la negociación no resulta satisfactoria no hay que tener miedo de acudir ante un juez. Eso sí, es importante saber que no todos los casos son iguales y por eso no se pueden llevar igual.

¿Qué profesionales necesitaré para mi reclamación contra los fabricantes del cártel de camiones?

En cualquier procedimiento judicial es indispensable tener profesionales con experiencia en el ámbito en el que se pretende proceder. Los dos profesionales más habituales en los procesos de reclamación son los abogados y los peritos.

  • Un buen abogado mercantilista especializado en asuntos europeos en materia de competencia. El abogado tiene que estar especializado en prácticas abusivas del mercado y conocer la legislación dirigida a los procedimientos de reclamación. Su experiencia es importante a la hora de negociar acuerdos con la empresa implicada, llegando a pactar una indemnización que sea acorde para el cliente.
  • Un buen Perito Economista que cuantifique los daños que ha sufrido. Es necesario un profesional que se encargue de tasar el camión para determinar su precio actual en el mercado, además de elaborar un Informe Pericial que contenga datos como la factura del camión o servicio contratado o el permiso de circulación, entre otros, y que servirá como evidencia en todo el proceso judicial.

También es importante contar con la ayuda de procuradores, ya que en cualquier proceso de estas características es obligatorio contar con ellos para la representación legal y la tramitación.

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5. A qué tienen derecho los afectados por el Cártel de los Camiones

El Defensor del Afectado proporciona la oportunidad a todos los que quieran reclamar de ejercer su derecho de reparación de daños.  Ofrecemos un estudio de viabilidad gratuito que te va a permitir conocer si tu caso puede prosperar judicialmente.

Todos los camioneros o empresas de transporte afectadas tienen derecho a exigir una reclamación que les restaure el sobreprecio asumido, además de incluir los intereses legales derivados del paso del tiempo.

Nuestro equipo cuenta con una red de peritos especialistas que elaboran informes judiciales para ser utilizados como evidencia probatoria. Está demostrado que el uso de estos dictámenes multiplica mucho las posibilidades de ganar, además de indicar con más exactitud la cantidad por la que el afectado puede reclamar.

6. Qué documentación es necesaria

La documentación es elemental en este tipo de procesos porque nos va a dar el justificante y la acreditación de que te has visto afectado por las prácticas del cártel de camiones. Sin documentación es muy difícil que la reclamación prospere.

  • Factura de compra o justificantes de pago
  • Póliza con la entidad financiera en caso de leasing
  • Permiso de circulación y ficha técnica
  • Tarjeta de transporte
  • Visados y autorizaciones de transporte de la empresa (MDLE para ligeros, MDPE para pesados, MPC para privado complementario)
  • También es recomendable un Informe Pericial para valorar los sobrecostes derivados de los sistemas de retención de gases.

¿Qué pasa si no tengo documentación para reclamar?

Sin documentación es difícil demostrar que te has visto afectado por el cártel de camiones. No obstante, existen alternativas y medios que pueden ser de utilidad en caso de que no cuentes actualmente con algunos documentos.

Por ejemplo, si no conservas la factura, que es algo muy habitual, puedes proporcionar justificantes bancarios u otros elementos donde se vea reflejada la cantidad de compra, como la hoja de pedido o el contrato de financiación si se da el caso.

Nuestro equipo te puede orientar sobre los pasos a dar para conseguir la documentación necesaria para la reclamación. También cabe la posibilidad de que esta documentación se puede reclamar judicialmente, por lo que a priori no tienes por qué precuparte.

7. Informe Pericial del Cártel de Camiones

El Informe Pericial del Cártel de Camiones incluye el sobrecoste producido por dicho cártel. Trata de cuantificar el daño económico producido a partir del valor de la adquisición en base a dos hechos:

  • Sobrecoste del vehículo: Tendrá que contrastar las facturas de compra de los camiones con las facturas anteriores al periodo de cártel de camiones, las facturas posteriores al cártel de camiones y las facturas de zonas no afectadas por el cártel de camiones.
  • Perjuicio por la no implantación de tecnología: Este perjuicio se debe al haber adquirido un camión que no disponía de tecnologías que reducen las emisiones.

Se deben establecer unos cálculos basados en datos objetivos. Para ello se deben analizar la fecha de implantación en las marcas y el cálculo del valor de estas mejoras según el tipo de vehículo y características. El perito economista tiene los recursos y herramientas necesarios para extrapolar los datos y conocer cuál habría sido el precio justo a pagar en unas condiciones de mercado normales.

8. Qué cantidad puedo recuperar con la indemnización

La cuantía que se puede reclamar es un porcentaje del precio de compraventa del camión. En concreto, se puede exigir el sobreprecio abonado, a lo que habría que añadir el interés legal, esta clase de estimaciones puede realizarlas un perito judicial economista.

En este sentido, los peritos están cuantificando el sobreprecio en un margen de entre el 10% y el 20% del precio de adquisición del camión, aunque dependerá de muchas variables. En estos casos afectan el precio inicial de compra, el momento de adquisición, condiciones de compra, servicios añadidos, marca del fabricante… Si decides contar con El Defensor del Afectado nuestro perito te realizará una estimación de lo que puedes pedir.

Si nos fijamos en sentencias ya emitidas, algunos reclamantes han conseguido informes periciales que reclaman más de 25 mil euros.

9. Hasta cuándo puedo reclamar por el Cártel de Camiones

La legislación española es clara en este aspecto, los juicios y la oportunidad de los afectados para reclamar se restringe a un plazo de 5 años desde el momento de la sentencia. No obstante, este plazo se puede ampliar si se dan actualizaciones en el caso o si la Justicia continúa la investigación.

Del mismo modo, si se recurre o se reabre el procedimiento judicial con las marcas de fabricantes afectadas, el plazo que podría parecer prescrito puede reactivarse. Teniendo en cuenta estos factores siempre es más importante contactar con expertos en el tema que puedan actualizar la información.

En El Defensor del Afectado estamos encantados de resolver cualquier duda legal sobre los plazos de prescripción de reclamación. Contacta con nosotros y un especialista de nuestro equipo te dará las claves para conseguir tu indemnización.