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Contenido:

1. ¿Qué es el cártel de coches?

Al hablar del Cártel de Coches nos referimos a las actividades de más de 20 empresas líderes en el sector del automóvil que intercambiaron información confidencial de manera ilegal.

Los intercambios de información dieron lugar a acuerdos comerciales para elevar al alza la venta de vehículos, por lo que alteraron las condiciones habituales de competencia afectando tanto a consumidores como a las empresas no participantes en dichos acuerdos.

Seguramente eres uno de los afectados, ya que estuvieron actuando desde 2006 hasta mediados de 2013. Además, la fijación de sus precios hizo que no hubiera competencia con el resto de empresas, dejando a clientes como tú sin la posibilidad de poder acceder a ofertas o descuentos.

2. Sentencia del Cártel de Coches

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia realizó una investigación que concluyó con más de una veintena de marcas afectadas. La multa impuesta por la CNMC es de más de 170 millones de euros. El caso fue destapado gracias a la colaboración del grupo SEAT S.A., que junto con sus empresas aliadas Volkswagen Audi España S.A. y Porsche Ibérica, no tendrán que pagar la multa pero sí serán reclamables.

La emisión de la sentencia en julio de 2015 abrió la veda para las reclamaciones de civiles y empresas afectadas que quieran exigir una indemnización por daños y perjuicios. Todos aquellos que consideren que se impuso un precio adulterado e irregular por la participación de su marca en el cártel pueden optar a la reclamación, ya sea de forma individual o colectiva.

Para más información acerca del caso, puedes consultar la nota de prensa publicada por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) en este enlace .

3. Quiénes están afectados por el Cártel de Coches

Estás afectado por el Cártel de Coches si has comprado un vehículo entre el año 2006 y mediados del año 2013, ya hayas comprado de forma normal, por renting o leasing algún coche de las siguientes marcas:

  • Alfa Romeo
  • Audi
  • BMW
  • Chevrolet
  • Chrysler
  • Citroën
  • Dodge
  • Fiat
  • Ford
  • Honda
  • Hyundai
  • Jeep
  • Kia
  • Lancia
  • Lexus
  • Mercedes
  • Mitsubishi
  • Nissan
  • Opel
  • Peugeot
  • Porsche
  • Renault
  • Seat
  • Skoda
  • Toyota
  • Volkswagen
  • Volvo

¿Y están afectados todos los modelos de estas marcas? Sí. Hay unos diez millones de vehículos afectados, pero hay que cumplir con una serie de requisitos para que merezca la pena reclamar.

4. La reclamación del Cártel de Coches

Hemos pensado este apartado para ti y el resto de afectados que queráis saber todas las particularidades sobre cómo reclamar, la indemnización, los plazos y mucho más sobre el cártel de coches.

Si tenéis alguna duda que no recojamos en las preguntas frecuentes puedes contactar con nuestro equipo a través de cualquier canal de información y te respondemos con la solución más adecuada a tu caso.

¿Cómo puedo reclamar al Cártel de Coches?

A través de nuestra web Defensor del Afectado, puedes presentar una denuncia con el fin de recuperar parte de la cantidad invertida en cualquier vehículo de las marcas sancionadas.            De esta manera, un grupo formado por peritos y abogados se encargará de redactar un informe pericial que servirá como prueba del daño causado al comprador del coche.

También existe la opción de intentar resolver el conflicto interponiendo una demanda en el juzgado de instrucción o a través de una negociación amistosa. Sin embargo, recomendamos nuestra vía ya que trabajamos a éxito, por lo que no arriesgas nada y solo puedes ganar.

¿Cuánto cuesta reclamar?

Nosotros nos encargamos del coste de la reclamación. Es a éxito, por lo que solo cobramos en caso de ganar. Además, solo cobramos después de que tu consigas la indemnización, por lo que no tienes que adelantar un dinero que no tengas. Esto es así porque contamos con experiencia en estos casos y estamos seguros de que vamos a ganar.

Otros despachos piden una cuota de entrada o gastos iniciales en concepto de provisión de fondos. Nosotros no accedemos a estas vías porque entendemos que lo importante es tu reclamación y eso tiene que ir por delante de cualquier cosa.

Al trabajar a éxito tanto tú como nosotros estamos en el mismo barco porque si gana uno, ganamos todos.

¿Qué pasa si he vendido el coche?

Si el automóvil ha sido vendido, tendrás que presentar la factura que justifique su venta, así como un documento que recoja el precio de venta y el contrato. Esto no tiene por qué afectar necesariamente a tu reclamación pero es importante que quede reflejado todo lo relativo al estado del coche afectado para que sea tenido en cuenta.

El coche es heredado, ¿puedo reclamar?

Por supuesto que sí. Lo importante es que el coche sea de una de las marcas afectadas y fuera comprado entre los años dichos. Si lo has heredado quizás tengas que aportar documentación referente a la herencia, como información sobre el traspaso o el testamento que acredite dicha circunstancia especial.

5. ¿A qué tienen derecho los afectados por el Cártel de Coches?

Si te encuentras entre los afectados por el Cártel de Coches, tienes derecho a recibir la cantidad correspondiente al daño que hayas sufrido por la compra de un vehículo que se encuentre entre las marcas implicadas en el caso. Esto supondría entre un 10% o 20% del dinero invertido en la compra del coche.

De igual forma, tienes derecho a poder reclamar por la vía que más se ajuste a tu circunstancia personal. Esto es, que puedes hacerlo de manera individual o colectiva y no necesariamente por una de las dos obligatoriamente.

También tienes derecho al reconocimiento por parte de las marcas, por lo que puedes solicitar una negociación que te permita conseguir un acuerdo sin la necesidad de incurrir a juicio. No obstante, al ser un caso tan multitudinario y que ha afectado a tantos consumidores las empresas no quieren conceder acuerdos preestablecidos y prefieren jugar sus cartas en los tribunales.

6. Qué documentación necesito para conseguir la indemnización

Para iniciar una reclamación por el Cártel de Coches deberás aportar la factura o documento en el que aparezca la compra de un vehículo adquirido entre el año 2006 y mediados del 2013, así como cualquier documento que indique que, como cliente, hiciste uso de los servicios de la empresa denunciada. Es decir, que se necesitan:

  • La factura con los detalles de la compra o el contrato de renting o leasing
  • La ficha técnica del vehículo
  • Permiso de circulación
  • Tarjeta de transporte

¿Qué pasa si no tengo toda la documentación necesaria?

En caso de no contar con la factura, puedes presentar un documento donde figuren la cantidad aportada por el vehículo y el año en el que se adquirió. A su vez, si no dispones de ninguno de los anteriores, podrás adjuntar un documento que facilite información en cuanto a servicios de financiación, como un contrato de préstamo.

Los extractos bancarios o las hojas de pedido también son documentos equivalentes en estos casos, ya que en ellos se muestra el destinatario (la marca) y el importe asumido en el momento de la adquisición.

¿Y si he vendido el vehículo?

En caso de haber vendido el vehículo, tienes que presentar la siguiente documentación:

  • El justificante de venta del vehículo
  • Un justificante del precio del vehículo vendido
  • El contrato de venta

Ante cualquier duda relativa a la documentación no dudes en ponerte en contacto con nosotros, tenemos conocimiento sobre las formas de conseguirla. Además, si se diera el caso, nuestro equipo legal podría intentar acceder a la documentación mediante requerimiento judicial.

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7. Informe pericial de Cártel de Coches

Para presentar una demanda contra el Cártel de Coches es necesario contar tanto con el trabajo de un abogado como con el de un perito judicial. En adición, también será importante estar en contacto con un procurador que permita hacer las veces de representante legal durante el procedimiento.

El abogado tendrá que estar especializado en temas de competencia y prácticas abusivas del mercado y conocer de primera mano la legislación dirigida a los procedimientos de reclamación. Su experiencia será de gran importancia a la hora de negociar posibles acuerdos con la empresa implicada, llegando a pactar una indemnización que sea favorable para el cliente.

Por otro lado, un perito economista se encargará de tasar el vehículo para determinar su precio actual en el mercado, además de elaborar un informe pericial que contenga datos como la factura del vehículo o servicio contratado o el permiso de circulación, entre otros, y que servirá como evidencia a lo largo de todo el proceso judicial.

El informe pericial económico es indispensable en los procedimientos de este tipo, porque permite cuantificar el daño y estimar una indemnización. Este trabajo consiste en un análisis profundo de las condiciones de mercado y en cómo estas han podido alterar y en qué medida el precio de compra del coche afectado.

Extrapolando estos datos, el especialista pericial va a poder elaborar un documento acreditativo del daño absorbido por el reclamante y solicitar con pruebas irrefutables una cuantía indemnizatoria suficiente.

8. Qué cantidad se puede reclamar por el cártel de coches

En el Defensor del Afectado hemos calculado que como afectado puedes recibir entre 1.500 y 7.000 euros, cantidad que corresponde a un 10 o 20% de lo que te costó el coche. Por tanto, la cantidad final dependerá de dos factores, por un lado cuánto te costó el vehículo y por otro lado de los intereses legales que se produzcan con el paso del tiempo.

Dicha compensación económica dependerá también, en cada caso, del modelo del vehículo y sus características, y se podrán añadir gastos relacionados con prestaciones de postventa. También se tendrán en cuenta los detalles de la compra y las condiciones establecidas en el contrato.

En definitiva, la cantidad depende de muchos factores pero lo que podemos decirte con seguridad y garantía de éxito es que si cuentas con un dictamen pericial y la documentación necesaria, tu caso tiene un porcentaje muy alto de probabilidades de salir victorioso. La tasa de éxito de reclamaciones que se sienten amparadas con el trabajo de un perito supera con creces las expectativas de cualquier proceso judicial.

9. Hasta cuándo tengo para reclamar por el cártel de coches

Los expertos del Defensor del Afectado informan de que, siguiendo lo establecido por la Directiva 2014/104/UE de daños, el plazo para reclamar es de hasta 5 años, desde el momento en el que se establece la sanción de las empresas automovilísticas implicadas.

En el caso del cártel de coches los primeros periodos de prescripción de marcas han empezado a sucederse a lo largo del año 2022. No obstante, los expertos judiciales consideran la posibilidad de que de forma solidaria los afectados puedan continuar adheriéndose a la reclamación aunque haya expirado la de su propia marca.

Esto es, si tu coche es un Nissan y el plazo expiraba el 7 de junio de 2022, igualmente puedes reclamar en otro período más adelantado puesto que todas las marcas se estudian como grupo al ser un cártel y no de forma individual.

Para asegurarte puedes contactar con nuestro equipo y ellos te redirigirán, dependiendo de tus circunstancias y de forma personalizada, a la mejor opción para tu reclamación. Ofrecemos un estudio gratuito del caso, por lo que si finalmente no puedes entrar a reclamar por tu coche podrás saberlo sin ningún coste ni perjuicio para ti.

10. FAQ

¿Cómo puedo saber si mi vehículo se encuentra entre los afectados?

La Agrupación de Afectados por el Cártel de Coches (AACC) ha puesto a su disposición una aplicación que te permite conocer si tu coche se ha visto afectado por el cártel.

Puedes consultarlo en la siguiente página web

¿Qué documentación necesito para reclamar por el Cártel de Coches?

Para interponer una demanda por el Cártel de Coches debes presentar la siguiente documentación:

  • La factura correspondiente a la compra del vehículo, que tendrá que haber sido adquirido entre el año 2006 y mediados del 2013 o el contrato de leasing o renting.
  • En caso de no contar con la factura, puedes presentar un documento donde aparezcan la cantidad abonada y el precio y año de compra del vehículo.
  • Si no dispones del documento mencionado anteriormente, podrás adjuntar un escrito que justifique cualquier financiación que se haya prestado para la compra del vehículo como, por ejemplo, un contrato de préstamo.
  • La ficha técnica del vehículo
  • Permiso de circulación
  • Tarjeta de transporte

¿Y si he vendido el vehículo?

En caso de haber vendido el vehículo, tienes que presentar la siguiente documentación:

  • El justificante de venta del  vehículo
  • Un justificante del precio del vehículo vendido
  • El contrato de venta

¿Cuánto puede costarme una reclamación por el Cártel de Coches?

En principio, interponer una demanda por el Cártel de Coches no te costará nada. Solo te cobramos en caso de ganar.

¿A qué tengo derecho como perjudicado por el Cártel de Coches?

Como perjudicado por el Cártel de Coches tienes derecho a recibir una compensación económica que cubra los daños que hayas podido sufrir por la compra de un coche entre los años 2006 y 2013.

¿De qué plazo dispongo para reclamar?

Como afectado por el Cártel de Coches dispones de un plazo de hasta 5 años para presentar una demanda. Este comienza en el momento en el que la CNMC dictamina la sanción a las empresas automovilísticas implicadas en el caso, por  lo que tienes hasta diciembre del año 2025 para presentar tu reclamación.

¿Por qué sabemos que podemos ayudarte?

Estamos seguros de poder ayudarte, pues contamos con experiencia en este tipo de casos. Es lo que nos hace tener confianza en la posibilidad de ganar.