La inclusión indebida en ficheros de morosos representa una amenaza a la integridad financiera y al honor de cualquier consumidor. No solo afecta al acceso a productos financieros si no que lo identifica como un moroso de manera equivocada.
En el Defensor del Afectado luchamos por tu honor y ponemos a tu disposición las herramientas necesarias para que puedas conseguir la salida del fichero de morosos, sin problemas ni repercusiones.
Qué es un fichero de morosos y su impacto en el derecho al honor
Los ficheros de morosos son bases de datos automatizadas que contienen información sobre incumplimientos de obligaciones dinerarias. Estos significa que se trata de un registro que utilizan las entidades financieras para tener controlada la solvencia económica de individuos y determinar su fiabilidad crediticia. Aunque pueda parecer un sistema de control excesivo, está amparado por la ley y la existencia del mismo no incumple ninguna normativa.
La monitorización e inclusión en estos ficheros puede tener un impacto significativo en una persona ya que afecta directamente su capacidad para obtener financiación.
Impacto en el Derecho al Honor
El derecho al honor es un derecho fundamental protegido por la Constitución Española, que salvaguarda la dignidad personal, la fama y la propia estimación de los individuos. En este contexto, la inclusión en el fichero de morosos afecta negativamente a estos principios.
La inclusión indebida en un fichero de morosos se considera una intromisión ilegítima en este derecho. Esto se debe a que etiquetar a alguien como moroso sin una base real y verificable no solo daña su reputación sino que también puede considerarse una afrenta a su dignidad. Además, no está permitida la inclusión en una base de datos de estas características sin pruebas que lo respalden.
Jurisprudencia Relevante
La jurisprudencia española, incluyendo varias sentencias del Tribunal Supremo, ha establecido que la inclusión de datos de manera errónea o sin cumplir con los requisitos legales en estos ficheros constituye una vulneración del derecho al honor. Estos casos a menudo involucran deudas discutidas o inexactitudes en la información reportada, lo que no justifica la inclusión en el registro de morosos.
Casos Especiales de Intromisión Ilegítima
- Uso de Ficheros como Medida de Presión: En algunos casos, la inclusión en estos ficheros se utiliza como una táctica para presionar al supuesto deudor a pagar una deuda que considera inexistente o excesiva, lo cual es una práctica ilegítima.
- Errores en la Gestión de Datos: Incluir a alguien por una deuda menor o por un desacuerdo sobre la cantidad debida. Esto puede provocar una situación desproporcionada y poco adecuada que resulte en una violación de los derechos.
- Discrepancias en el Tratamiento de Información: Situaciones donde el conflicto sobre la deuda está presente. Si las circunstancias de deuda no se han solucionado, no se debería actuar en consecuencia.
Casos recientes y jurisprudencia relevante en España
En años recientes, la jurisprudencia española ha abordado numerosos casos relacionados con la inclusión indebida en ficheros de morosos, destacando la necesidad de que las deudas sean ciertas, líquidas y exigibles para justificar tal inclusión.
Un ejemplo significativo es la Sentencia del Tribunal Supremo núm. 117/2024, de 1 de febrero, que reitera la importancia de verificar la certeza y exigibilidad de la deuda antes de proceder a la inclusión en estos registros.
Sentencia del Tribunal Supremo núm. 117/2024
Esta sentencia enfatiza que, para que una inclusión en ficheros de morosos sea legítima, la deuda debe ser inequívoca y indudable, además de vencida y exigible. Esto significa que los creadores del fichero de morosos tienen que estar al 100% seguros de que están realizando correctamente el trabajo de identificación de deudor, sin dejar cabos sueltos o dudas.
El Tribunal Supremo declara que el titular del fichero debe evaluar cuidadosamente las reclamaciones de rectificación de los afectados, asegurándose de que estas estén bien fundamentadas. Si la reclamación es razonable, se debe cesar el tratamiento de los datos controvertidos, protegiendo así el derecho al honor del individuo.
Caso del municipio de La Coruña y la empresa energética
En un contexto similar, la Audiencia Provincial de A Coruña se pronunció sobre la inclusión indebida de una clienta en ficheros de morosos por parte de un banco, a pesar de que la deuda estaba siendo disputada legalmente.
La cliente, que había sido incluida en el fichero mientras disputaba cláusulas abusivas en su contrato de préstamo, fue finalmente indemnizada tras demostrar que la deuda no era cierta ni exigible en ese momento. Este caso subraya la necesidad de que las entidades financieras actúen con prudencia y respeten los derechos de los consumidores antes de proceder a incluir sus datos en ficheros de morosos.
Estos casos recientes ilustran cómo los tribunales españoles están fortaleciendo los criterios legales que protegen a los ciudadanos de inclusiones indebidas en ficheros de morosos, enfatizando la protección del derecho al honor y la necesidad de una gestión cuidadosa y justa de las deudas.
Responsabilidad de los titulares de ficheros de solvencia patrimonial
Los titulares de ficheros de solvencia patrimonial tienen una responsabilidad legal y ética significativa en la gestión de los datos personales que almacenan.
Esta responsabilidad se extiende a garantizar que la inclusión de individuos en estos ficheros se realice bajo criterios estrictos de veracidad y legalidad, protegiendo así los derechos fundamentales de los afectados, especialmente el derecho al honor.
Obligaciones de rectificación y cancelación
Los responsables de los ficheros de morosos deben atender diligentemente las solicitudes de rectificación o cancelación de datos cuando estas estén debidamente justificadas. Si el consumidor puede probar que se le ha incluido injustamente, tiene derecho de pataleo y rectificación de su situación.
La legislación vigente, respaldada por la jurisprudencia, establece que no se puede mantener información que sea inexacta, incompleta o que no cumpla con los estándares de calidad de datos exigidos. Es decir, en el momento en el que exista una duda debe haber una investigación. Esto incluye situaciones donde las deudas son inciertas, disputadas o no verificadas adecuadamente, vemos a continuación el proceso:
- Revisión de solicitudes: Al recibir una solicitud de rectificación, los gestores del fichero deben evaluarla teniendo en cuenta las pruebas que aporta el acreedor.
- Actuación proactiva: No basta con una actitud pasiva; el gestor del fichero debe tomar una postura activa, asegurando que los datos que administra son correctos y están actualizados. Debe tener fe de investigación.
- Protección del derecho al honor: En caso de que se garantice la exactitud de los datos, los responsables del fichero ayudan a proteger el derecho al honor de las personas.
Evaluación de la documentación y justificación
La evaluación de la documentación presentada por los acreedores es crucial para determinar la legitimidad de incluir en los ficheros de morosos. Los responsables deben:
- Verificar la documentación: Es esencial que los gestores del fichero exijan y revisen la documentación que justifique la deuda. No sirven medias tintas, todo debe estar estudiado al milímetro.
- Justificación de la inclusión: Antes de proceder con la inclusión de datos en el fichero, debe existir una justificación clara y documentada que respalde la decisión. Los gestores tienen que tener documentos que respalden la inclusión en el fichero.
- Respuesta fundada: En caso de reclamaciones, los responsables deben proporcionar una respuesta bien fundamentada a las solicitudes de rectificación o cancelación. Se debe generar un informe o escrito donde se puedan ver las pruebas que hay contra el supuesto acreedor.
Proceso de inscripción y requisitos legales en los ficheros de morosos
Cláusulas contractuales e información al consumidor
Antes de proceder a la inclusión de datos en los ficheros de morosos, es imperativo que el acreedor informe al deudor sobre esta posibilidad. Esta información debe ser clara y estar presente tanto en el contrato como en el requerimiento previo de pago.
Específicamente, la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (LOPDGDD) en su artículo 20.1.c) establece que debe existir una cláusula contractual que notifique explícitamente al deudor sobre la inclusión de sus datos en sistemas de información crediticia.
En esta línea, es obligatorio que desde el momento en el que se solicite el pago hasta que se haga la inclusión en el fichero por lo menos hayan pasado 4 meses. El objetivo de esto es dar tiempo suficiente para cualquier aclaración o pago de la deuda.
Requisitos de la deuda: cuantía, certeza y requerimiento de pago
Para que una deuda sea incluida en un fichero de morosos, debe cumplir con criterios específicos de cuantía, certeza y exigibilidad que marca la ley. Según la LOPDGDD, la deuda debe ser de al menos 50 euros, estar vencida y ser exigible.
Esto no incluye deudas menores, vigentes o que por una circunstancia externa no se puedan solicitar al acreedor, por ejemplo por estar en proceso judicial.
El marco normativo que se aplica dicta que la inclusión indebida en estos ficheros por deudas no verificadas o disputadas constituye una violación del derecho al honor. No se podría ejecutar la inclusión en el fichero de morosos sin evidencias probatorias porque puede acabar afectando negativamente a la persona y debe prevalecer la inocencia hasta la prueba.
Por ello, antes de proceder con la inclusión, el acreedor debe realizar un requerimiento de pago cuidadoso y bien fundamentado, asegurando que la deuda cumpla con todos los requisitos legales para su inclusión. Esto incluye la verificación de la documentación que justifique la deuda y la confirmación de que no existen reclamaciones o disputas pendientes que puedan afectar la certeza de la misma.
Cómo reclamar una indemnización por inclusión indebida
El Defensor del Afectado puede ayudarte a la hora de hacer valer el derecho al honor. Para ello, te indicamos cuál es el paso a paso para conseguir una indemnización por la inclusión indebida en un fichero de morosos.
Primeros pasos y requerimientos previos
Cuando se verifica una inclusión indebida en ficheros de morosidad, el primer paso es solicitar la baja de los datos en el fichero ASNEF, por ejemplo, mediante un requerimiento escrito. Este debe realizarse de manera que quede constancia de la solicitud, preferiblemente por correo electrónico o de manera presencial en sus sedes.
Si la inclusión fue realizada sin cumplir los requisitos legales, como la notificación previa al afectado, esta solicitud es el primer recurso para rectificar la situación. Es decir, podemos utilizar este punto como el incido de nuestra reclamación y fundamentarla en base a ello.
En casos donde no se recibe respuesta o la solicitud es denegada, es necesario realizar una reclamación formal ante la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD). Paralelamente, se debe consultar con un abogado especializado para evaluar la situación específica y preparar el terreno para una posible demanda por daños y perjuicios. En el Defensor del Afectado contamos con profesionales expertos en protección de datos que pueden orientarte en este aspecto.
Proceso judicial y presentación de la demanda
Si las acciones previas no resuelven la inclusión indebida, se puede proceder a interponer una demanda civil. El equipo jurídico del Defensor del Afectado puede estudiar el caso para presentar en el juzgado de primera instancia del domicilio del demandante el escrito de demanda.
La demanda debe dirigirse contra la entidad que aportó los datos al fichero y/o contra el responsable del fichero de morosidad, dependiendo de las circunstancias del caso. Estudiaremos la viabilidad para determinar contra qué entidad es mejor dirigir la demanda.
La base de la demanda se fundamenta en la vulneración del derecho al honor, apoyándose en el Código Civil, que establece la obligación de reparar el daño causado por acción u omisión con culpa o negligencia. Además, se apoya en la Ley Orgánica 1/1982, que en su apartado séptimo del artículo 7 considera la inclusión indebida como una intromisión ilegítima en el derecho al honor. Esto puede ser reclamado y resuelto en favor del acreedor.
La cuantía de la indemnización se determinará según las circunstancias del caso, como la duración de la inclusión indebida y el impacto de esta en la vida del afectado. No se puede hacer una estimación hasta que no se realice un estudio del proceso. No existe un baremo fijo, pero se consideran factores como la gravedad de los daños y la difusión de la información.
Se recomienda la asistencia de abogado y procurador. El equipo del Defensor del Afectado cuenta con personal con experiencia en la materia que puede facilitar la exclusión del fichero de morosos.
FAQs
¿Qué ocurre si mi nombre aparece en un fichero de morosos sin justificación? Si tu nombre ha sido incluido sin justificación en un fichero de morosos como ASNEF por parte de empresas de servicios o entidades financieras, esto podría constituir una violación de tu Derecho al Honor. En tal caso, tienes derecho a solicitar tu eliminación del fichero de morosidad y a exigir una compensación por los perjuicios ocasionados.
¿Cómo puedo solicitar la eliminación de mi nombre del fichero ASNEF? Para solicitar la eliminación de tu nombre de ASNEF, debes visitar la página web de ASNEF y acceder al apartado "Consulte gratis sus datos en los ficheros: Asnef". Allí, deberás introducir el número de referencia que aparece en la notificación de inclusión y tu número de NIF.
Con esta información, lo recomendable es acudir a entidades como el Defensor del Afectado que puedan ayudarte en la reclamación.
¿Quiénes tienen permiso para consultar los ficheros de morosos? Los ficheros de morosos solo pueden ser consultados por entidades que poseen un interés legítimo en conocer la solvencia o el historial crediticio de una persona. Entre estas entidades se incluyen bancos, cajas de ahorros, empresas de crédito, así como compañías de servicios como las telefónicas, eléctricas y de agua.
¿Cuánto tiempo debe transcurrir para que una deuda sea reportada a ASNEF? El tiempo que tarda en reportarse una deuda a ASNEF varía, pero comúnmente los acreedores esperan entre uno y tres meses de impago antes de notificar la deuda al fichero de morosidad.